noviembre 26, 2024

Valida TEPJF reformas a los estatutos del PRI y con ello, reelección de Alito

En este contexto, Alejandro Moreno, senador y líder Nacional del PRI, presentó en la Cámara Alta una iniciativa para garantizar la participación política de las y los jóvenes en cargos de dirigencia al interior de los partidos políticos, en candidaturas en los procesos electorales y en Secretarías de Estado.

Por Juan José García Amaro.

Luego de que se ‘tambaleara’ la reelección de Alejandro Morena Cárdenas como presidente nacional del PRI, el Tribunal Electoral Federal del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), declaró la procedencia constitucional y legal de las reformas a los Estatutos, Declaración de Principios, Programa de Acción y Código de Ética Partidaria aprobados en la XXIV Asamblea Nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y, con ello, ratificó la dirigencia que encabeza Alito Moreno.

Durante la discusión del proyecto de la magistrada Janine M. Otálora Malassis, que se pronunciaba en contra, el magistrado Felipe Fuentes Barrera sostuvo que no hay ningún impedimento constitucional para la reelección de las dirigencias de los partidos políticos, al señalar que ello no significa que las personas se perpetúen en el cargo.

Otálora Malassis se había pronunciado por respaldar al INE, el cual rechazó los cambios de los estatutos del PRI, los cuales consideró “indebidos”, debido a que se realizaron en pleno proceso electoral, por lo que lamentó que el Consejo General se haya declarado imposibilitado para pronunciarse sobre la legalidad y constitucionalidad de cada reforma estatutaria.

Sin embargo, al analizar los documentos básicos del partido y el proceso que se llevó a cabo para su aprobación en la Asamblea Nacional celebrada el pasado 7 de julio, el magistrado Fuentes Barrera y la presidenta del TEPJF, magistrada Mónica Soto Fregoso, estuvieron de acuerdo en su constitucionalidad y se pronunciaron por la protección de los derechos de la militancia del PRI.

“Revocar para efecto de que el Consejo General lleve a cabo el análisis que omitió, redundaría en un retraso en la definición de la validez de las reformas estatutarias, así como en la certeza y seguridad que son los principios rectores de la materia, sumado a que podría generarse un tema de crisis al interior del instituto político ante un vacío de poder o de liderazgos para llevar a cabo todos los procesos internos”, planteó Fuentes Barrera.

Por su parte, la magistrada presidenta del TEPJF, Mónica Soto Fregoso, al pronunciarse a favor de la reelección, que en este caso busca Moreno Cárdenas, dijo que la reelección no es ilegal ni está prohibida, pues se permite en diferentes cargos públicos y los partidos políticos también tienen derecho de aplicarla.

“Todo resulta constitucional en el entendido de que los partidos políticos gozan con la libertad de autodeterminación y autoorganización para regular las normas de su vida interna, emitir disposiciones o acuerdos que resulten vinculantes para su militancia, simpatizantes y adherentes”, subrayó.

De esta manera, se estableció que las modificaciones a los documentos básicos del tricolor se crean obligaciones partidistas y se modifican órganos de dirigencia, en ejercicio de su libertad de autoorganización y autodeterminación. Es decir, se consideró que las reformas del PRI se hicieron conforme a Derecho al emitir las normas que regulan su vida interna.

En este contexto, Alejandro Moreno, senador y líder Nacional del PRI, presentó en la Cámara Alta una iniciativa para garantizar la participación política de las y los jóvenes en cargos de dirigencia al interior de los partidos políticos, en candidaturas en los procesos electorales y en Secretarías de Estado.

Para ello, recordó que el pasado mes de junio de 2023 se aprobó una reforma constitucional en materia de edad mínima para ocupar un cargo público, reduciendo la edad para ser diputada o diputado de 21 a 18 años y para una Secretaría de Estado de 30 a 25 años.

Precisó que en el artículo segundo transitorio de este decreto se estableció la obligación del Congreso para realizar, en un plazo de 180 días naturales, las adecuaciones a las leyes secundarias para materializar dicho decreto. Este plazo, dijo, venció en diciembre de 2023.

Por lo anterior, subrayó que su propuesta tiene como objetivo “dar cumplimiento al mandato constitucional del 2023 para hacer efectiva la participación política de los jóvenes y establecer mecanismos que les facilite el acceso a cargos públicos”.

En este sentido, Alito Moreno sostuvo que en el PRI las y los jóvenes son prioridad, ya que “somos el único partido que en sus estatutos hemos establecido la inclusión de al menos una tercera parte de los jóvenes en cargos de dirigencias y candidaturas en los tres ámbitos de gobierno”, para garantizar su derecho constitucional de participación política.

El priísta fundamentó que su propuesta plantea reformar la Ley General de Partidos Políticos para establecer como obligación de todos los partidos políticos “incorporar en sus estatutos mecanismos y procedimientos que permitan garantizar la integración de al menos un 30 por ciento de jóvenes de 18 a 35 años de edad en cargos de dirigencias y candidaturas a nivel federal, estatal y municipal”.

Añadió que su iniciativa también propone reformar la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, “para establecer la obligación de partidos políticos de promover y garantizar que una de cada tres candidaturas a legisladores federales y locales por ambos principios, en los ayuntamientos y en las alcaldías en la Ciudad de México, se asignen a candidatas y candidatos jóvenes de 18 a 35 años, tanto propietarios como suplentes”.

Finalmente, el dirigente nacional del PRI, complementó que su proyecto de decreto plantea reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, “para establecer la obligación del titular del Ejecutivo federal para designar al frente de al menos dos Secretarías de Estado a personas de entre 25 y 35 años de edad, respetando el principio de paridad de género”.

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